SI NOS DAN EL ALTA MÉDICA Y NO
ESTAMOS CONFORMES, ES CONVENIENTE SABER QUE SE PUEDE RECURRIR
Lo primero es presentar el
escrito de impugnación del alta ante el Servicio Público de Salud. No hay que
olvidar que se disponen de cuatro
días a contar desde la fecha de notificación del alta.
El Servicio Público de Salud nos
responderá en no más de siete días.
Si en esos días no hay respuesta, entenderemos que la impugnación se considera
denegada. Por su parte, si hay respuesta, podemos obtener una resolución positiva
o negativa.
Cuando la resolución es
negativa, se confirma el alta médica y, por consiguiente el interesado debe
reincorporarse al puesto de trabajo.
Por su parte, si la resolución
es positiva se mantiene la situación de baja laboral pero solo hasta que el
INSS dicte una nueva resolución para lo que dispone de siete días. Entonces nos podremos encontrar que, por un lado, la
Inspección Médica se reafirme en el alta (debidamente justificado con pruebas
complementarias) o, por otro lado, que la Inspección Médica reconsidere el alta
médica y prorrogue la situación de incapacidad.
Es importante, en cualquier
caso, estar muy atento a los plazos y, en caso de duda, consultar con un
abogado que nos asesore.
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